Perspectivas
El meollo criollo


Sin querer robarle el nombre a las ilustraciones venezolanas, quisiera cumplir la promesa de explicar el desgaste total del modelo económico a través de las mellas del modelo laboral, partiendo de que son caras de la misma moneda, como había explicado la semana pasada. La intención dista de buscar culpables; la idea es entender la bestia a la que nos enfrentamos y tener herramientas contra ella.

Aclaro la primera confusión a la que se pueden prestar estas líneas. Por bestia entenderemos justamente al meollo criollo laboral, el problema de la interacción entre improductividad/ineficiencia/desgaste visto desde el único factor que con limitaciones brutales todavía está bajo nuestro control: los trabajadores. Créanlo o no, sus trabajadores están bajo su control y si no lo están, la culpa no es propiamente de las leyes. Explicaremos en estas líneas esta afirmación, pues haciendo a un lado al poder político, en la empresa usted tiene el control (si es dueño o gerente) y si es trabajador, tiene la obligación de respetar ese control.

Ya los economistas han explicado el tema de las políticas desacertadas para la industria, que en lugar de rectificarse se van avinagrando. Pero lo que pretendemos con esta serie de artículos es contar cómo esos desaciertos retroalimentan al trabajador, de la manera más negativa posible.

Como estamos hablando del control laboral a lo interno, es importante recordar los dos hitos fundamentales que describen nuestra historia laboral contemporánea: la Constitución de 1999 y la LOTTT de 2012. Ambas normas dan el ejercicio del control en la empresa al patrono.

En la Carta Magna se ordenó limitar cualquier clase de despido  no justificado, dando a “la ley” la responsabilidad de garantizar la estabilidad en el trabajo y limitar toda forma de despido injusto. Pero aún en 2004, con la Constitución y la inamovilidad vigentes, los Tribunales decían con vehemencia que el patrono podía ponerle fin a la relación de trabajo y aun cuando no se justificara el despido podía persistir y pagar las indemnizaciones legales que correspondían. Para esa fecha existía inamovilidad laboral y aun así, esta tesis se mantuvo en el tiempo por un buen rato.

Con la LOTTT, se dice exactamente lo mismo, al punto que las causales de despido permanecen con ligeras modificaciones y se da la posibilidad al trabajador de aceptar las indemnizaciones en el curso del procedimiento donde discuta la legalidad de su despido. Si bien en estos 12 años la inamovilidad ha ampliado su espectro de actuación, sigue siendo un Decreto que no es “la ley” a que se refería la Constitución y como tal siempre tendrá fecha de vencimiento.

El problema es que en la práctica, cualquier solicitud de despedir es vista con un recelo que raya en denegación de justicia. Esto se traduce en impunidad; la impunidad en desincentivo para el trabajador eficiente y ese desincentivo se traduce en improductividad.

El daño que se ha hecho a las relaciones laborales no es culpa de la ley sino de un “Decreto”, de los operadores de ese Decreto que quieren desconocer la ley y de los trabajadores que quieren sacar ventaja de la excesiva protección. Si usted no puede sacar de su casa a quien usted desee, su casa ya no es suya.

Aun así, el modelo económico reconoce que no puede eliminar la posibilidad de despedir; eliminarla sería socavar la posibilidad de quien legisla de despedir también pues el poder también es patrono y amerita tener el control. Además es imposible obligar a una empresa a operar a pérdidas y si no se puede despedir a los que objetivamente no agregan valor, el modelo económico va a terminar siendo un cementerio de industrias. El empleo seguirá creciendo, pero en los sectores que no pagan impuestos y esto también perjudica al Estado.

Cuando la Constitución habló de prohibir los despidos injustos, quería proteger la estabilidad en el trabajo, pero sin trabajo ya no habría estabilidad que proteger.

La posibilidad de decidir por la eficiencia, por la productividad, por la sostenibilidad de un negocio y de exigir que se respeten estas decisiones, son también derechos irrenunciables pues es la obligación de una empresa dirigir a su gente hacia el mejor camino.

El control laboral no se ha perdido aún y nuevamente digo, la justicia tarda pero llega. Si usted no confía en que la Autoridad le vaya a dar la razón frente al sinvergüenza, todavía existen posibilidades de recuperar más control, sin necesidad de despedir incluso a aquel que se lo merece y de eso hablaremos la semana que viene.

Parafraseando la exposición de motivos de la LOTTT, “en las horas finales de la larga noche neoliberal” solo habrá oscuridad para el trabajador y si no es así, que Dios nos proteja porque así pareciera por los vientos que soplan.

Ángel Mendoza / Abogado

@angelmendozaqui