18-03-2020

Diversos sectores industriales y empresariales del país, se han venido pronunciando ante la emergencia y cuarentena colectiva que vive el país. En esta oportunidad Asociación de Industriales de Artes Gráficas de Venezuela, la Cámara de Caracas y la Cámara de Industriales del estado Aragua, emitieron comunicados con su postura.


Coinciden en plegarse a las medidas tomadas y expresan su compromiso con el país y con el trabajo que deben seguir adelantando para beneficio de la población. En el caso de la Cámara de Caracas hace algunos señalamientos en cuanto a las obligaciones tributarias.


Los comunicados completos aquí:


Asociación de Industriales de Artes Gráficas de Venezuela


COMUNICADO


La Asociación de Industriales de Artes Gráficas de Venezuela -AIAG-, en atención al Decreto No. 4.160, publicado en la Gaceta Oficial No. 6.519 Extraordinario, de fecha 13 de Marzo de 2020, en el cual se declara el Estado de Alarma en todo el territorio nacional, y se dictaminan medidas para evitar los riesgos de contagio de la ciudadanía por el Coronavirus Covid-19, recomienda a todas nuestros afiliados, observar y aplicar estrictamente los protocolos de seguridad sanitaria necesarios para preservar la salud de todos los colaboradores de la industria gráfica.


Como gremio, la AIAG agrupa a un importante número de empresas la cuales, como parte de la cadena de valor, complementan a otros sectores prioritarios, ya que estas producen los empaques para alimentos y medicinas, necesarios para el abastecimiento de la población, así como también elaboran material impreso para instrucción pública en la prevención del COVID-19. Ello obliga a mantener activa una parte significativa de nuestro sector, lo que se traduce en la necesidad de que el personal que labora en esas plantas, requiera movilizarse para asistir a sus puestos de trabajo.


Por otra parte, ofrecemos nuestro total respaldo a la Confederación Venezolana de Industriales –CONINDUSTRIA-, como interlocutor válido en la gestión ante las autoridades competentes, tendientes a generar acciones especiales en materia fiscal y tributaria, así como también permitir, en la medida de lo posible, el desarrollo de las operaciones de aquellas empresas que requieran mantenerse operativas en momentos de actividad laboral restringida, coadyuvando en el proceso de abastecer a la población de bienes esenciales, y en la preservación de la salud de los venezolanos.


Desde la AIAG, nos mantenemos atentos a toda instrucción emanada por parte de los organismos encargados en lo concerniente a las medidas a ser tomadas para la prevención y tratamiento de este flagelo, y manifestamos nuestra permanente y total disposición para apoyar a los afiliados a este gremio, tanto en el libre desarrollo de los procesos industriales y productivos de la industria gráfica, así como también a toda gestión que, en nombre de la actividad manufacturera, realizan los organismos cúpula ante las autoridades competentes.


Para comunicarse con la AIAG, nuestros afiliados disponen del número (0424) 214-1311 y del correo [email protected], donde gustosamente atenderemos sus requerimientos.


Cámara de Caracas


Queremos hacer del conocimiento de la ciudadanía en general que la Cámara de Caracas, dentro de sus competencias y ámbito de actuación, objetivos y fines existenciales está dispuesta a colaborar, como siempre lo ha hecho, para lograr la mayor eficiencia de las medidas anunciadas para frenar la expansión del coronavirus.


La difícil y extraordinaria situación que estamos enfrentando requiere el esfuerzo mancomunado de los sectores públicos y privados a los fines de evitar el agravamiento de la crisis sanitaria que vivimos, la adopción de las medidas necesarias encaminadas a proteger la salud y seguridad de los ciudadanos y contener la progresión de la enfermedad.


Creemos importante advertir sobre la necesidad de cuidar que las medidas extraordinarias que limitan el ejercicio de derechos fundamentales de las personas naturales y de las empresas que hayan de ser adoptadas en el marco del decreto de alarma o emergencia sanitaria, respeten la observancia de los derechos fundamentales y garantías definidas en los Tratados, acuerdos y convenios en la materia y en la Constitución de la República.


Consideramos importante dar a conocer que la situación derivada de las medidas, similares a las adoptadas por la Comunidad internacional, afecta sensiblemente la realización normal de las actividades económicas habituales de las empresas industriales, comerciales y prestadoras de servicios lo que se refleja en la complejidad de la configuración del flujo de caja, el incremento del costo de transacción entre los agentes económicos, la engorrosa y la dificilísima gestión de cumplimiento de obligaciones y deberes formales de las múltiples relaciones jurídicas tributarias con la República, los estados, los municipios y los órganos parafiscales así como la disponibilidad de los recursos necesarios para dar cumplimiento a sus obligaciones legales y contractuales.


Es por todo lo expresado que se recomienda a las instancias competentes que de conformidad con lo establecido en la Constitución, el Código Orgánico Tributario y la Ley del SENIAT se proceda a:




  1. La suspensión de las exigencias de anticipos diarios de impuestos sobre la renta y el valor agregado, lo cual en forma alguna significa alejarnos de nuestro criterio formalmente expuesto en oportunidades anteriores en cuanto a su antijuridicidad, inconveniencia y la afectación en el o mal desempeño de la actividad económica en el país.

  2. Diferimiento de la entrada en vigencia de las reformas del Código Orgánico Tributario y la Ley que establece el Impuesto al Valor Agregado en virtud de la desinformación y débil divulgación de la reciente normativa tributaria.

  3. Dictar una prorroga hasta por tres meses de la declaración, liquidación y pago del impuesto sobre la renta, como se ha hecho en épocas anteriores de menor intensidad critica.

  4. Se suspendan los términos y se interrumpan los plazos para la tramitación de los procedimientos administrativos por ante los órganos de la Administración Pública, cualquiera sea el nivel político territorial y parafiscal. Reanudando el cómputo de los plazos en el momento en que pierda vigencia el decreto de alarma o emergencia sanitaria, o de ser el caso las prórrogas del mismo. Acto que debe ser publicado en la Gaceta Oficial y suficientemente divulgado, todo de conformidad con el principio de seguridad jurídica previsto en el artículo 299 constitucional.


Cámara de Industriales del Estado Aragua


El 11 de marzo, la Organización Mundial de la Salud declaró al Corona Virus como una pandemia, y según lo ha anunciado el gobierno nacional en cadena televisiva, las posibilidades de exposición y contagio del COVID-19 están presentes en el país. Esta situación obliga a tomar medidas fuertes para prevenir y controlar la expansión y transmisión del virus, entre ellas, las más comunes son las recomendaciones para extremar la higiene (lavado de manos, desinfección de ropas y útiles de trabajo, etc.), así como el aislamiento de la población, especialmente los que presentan síntomas similares a los del Coronavirus (como fiebre alta, tos seca, goteo nasal, etc.) En el país se han tomado medidas como restricción de la circulación entre regiones, suspensión de espectáculos públicos y cierre temporal de lugares de congregación de grupos, como cines, restaurantes, parques, centros comerciales, etcétera, todo con el propósito de proteger a la población.


Desde la Cámara de Industriales del Estado Aragua instamos a nuestras empresas afiliadas y al sector productivo regional, a tomar las medidas necesarias para monitorear la salud de su recurso humano, y garantizar con ello la continuidad de sus operaciones, para también proteger el abastecimiento de los productos prioritarios de la ciudadanía.


COMUNICADO


La Junta Directiva comunica a las autoridades regionales y nacionales su disposición de colaborar, para coordinar lo conducente a facilitar la producción y distribución de los productos esenciales que se producen en el Estado Aragua, especialmente en lo referente a las Empresas de la cadena de valor de los sectores exceptuados, tales como las de Empaque, Transporte, Etiquetas, Envases, Auto partes, etc. no incluidas expresamente en tales excepciones.


Por todo lo anterior, hacemos las siguientes recomendaciones, especialmente a las Empresas pertenecientes a los sectores exceptuadas de la declarada Cuarentena Social y Colectiva, como son las industrias Agroalimentarias, de Salud, Farmacéuticas, de Telecomunicaciones, Servicios como Agua, Luz y gas, Transporte Público:


1.- Diseñar de la mano de su Servicio de Salud y Seguridad, Supervisores y organizaciones sindicales, acuerdos de acción frente a las medidas extraordinarias emanadas de las autoridades sanitarias nacionales y regionales.


2.- Comunicar asertivamente a su personal, proveedores, clientes y relacionados, las medidas especiales que tomen en esta situación


3.- Monitorear con sus servicios de salud ocupacional, la posible sintomatología de su personal, e instruir a los trabajadores enfermos a que se queden en sus casas, acatando las recomendaciones de las autoridades sanitarias.


4.- Velar por la adecuada limpieza y desinfección de los espacios de trabajo, garantizando la dotación de agua, jabón y demás implementos para el permanente lavado de manos de manera continua.


5.- Suspender toda reunión de grupos de personas, no esencial para el proceso productivo.


6.- Publicar en sus distintos medios (carteleras, redes, correos, página web, etc.) información verificada y emanada de los organismos autorizados en materia de salud, sobre la prevención del Virus.


7.- Establecer planes de contingencia en caso de ausencias importantes de su personal.


8.- Instruir a su personal y cualquier persona que ingrese a sus instalaciones, para evitar contacto físico y mantener una distancia mínima de un (1), como han recomendado las autoridades sanitarias.


9.- Aleccionar a su personal para que con frecuencia desinfecte sus equipos de trabajo personales, como computadoras, escritorios, teléfonos, etc.


10.- Suprimir los viajes de trabajo que no sean esenciales.


11.- Implementar en lo posible, turnos de comida para que coincidan en las instalaciones de comedor, grupos pequeños de personas, con espacio suficiente entre ellos para guardar la distancia recomendada, superior a 1 metro o más.


12.- Recomendar a los trabajadores mantener la calma ante las medidas, las cuales tienen como fin proteger su salud y la de sus compañeros de trabajo, así como la continuidad operativa de la fuente de empleo, y un compromiso con las medidas adoptadas por los organismos competentes en materia de salud y seguridad en el país. Así mismo, y atendiendo a lo dispuesto en el Decreto número 2020 – 0055 emitido por el Gobierno del Estado Aragua, la Junta Directiva de la Cámara de Industriales del Estado Aragua ha decidido tomar las siguientes medidas en su sede y con su recurso humano:




  1. a) Suspender todas las actividades hasta nuevo aviso.

  2. b) Laborar eventualmente sólo si alguna actividad urgente lo requiera, y con el personal indispensable para llevarla a cabo.

  3. c) No recibir visitas en sus instalaciones, por lo que toda solicitud de información será atendida vía electrónica

  4. d) Si algún miembro de su personal que asista a la Cámara, presenta síntomas relacionados al virus, le instruirá para irse a su casa, con las recomendaciones de aislamiento y de acudir a los organismos autorizados en la región para la atención y detección temprana.

  5. e) Colaborar en la medida de lo posible, con nuestros afiliados y organismos sanitarios, para motivar el acatamiento de las medidas preventivas que protejan a la población y, especialmente, a la población más vulnerable.


Actualidad Laboral / Nota de Prensa