01-10-2020

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), aprobó en Sala Plena la Resolución N° 2020-0008, en la que se establece que los tribunales de la República reiniciarán actividades durante la semana de flexibilización decretada por el Ejecutivo Nacional, atendiendo a las recomendaciones emitidas por la Comisión Presidencial para la Prevención, Atención y Control del Covid-19.


Se considerarán hábiles de lunes a viernes para todos los juzgados del país debiendo tramitar y sentenciar todos los asuntos nuevos y en curso.


Agrega la Resolución, que durante la semana de restricción permanecerán en suspenso las causas y no correrán los lapsos, salvo para aquellas que puedan decidirse a través de los medios telemáticos, informáticos y de comunicación (TIC) disponibles.


Señala el documento aprobado por la Sala Plena, que en materia de amparo constitucional se considerarán habilitados todos los días. Los jueces están en la obligación de tramitar y sentenciar los procesos respectivos.


Los integrantes de la Sala Plena del TSJ, durante el período de Alarma Constitucional, mantendrán el quórum necesario para la deliberación conforme con lo que regulan los artículos 10 y 11 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.


La Resolución N° 2020-0008 insta a jueces y funcionarios del Poder Judicial, así como a las abogados y ciudadanos en general que asistan a los tribunales, a acatar las medidas sanitarias en la ejecución de sus actividades; se hace obligatorio el uso de guantes y tapabocas en todas las sedes judiciales del país.


Actualidad Laboral / Nota de Prensa