06-01-2016
En algunos casos se aumentó hasta el doble de los años de cárcel para quienes incurran en la violación de lo previsto en la Ley del Régimen Cambiario y sus Ilícitos, según la reforma publicada en la Gaceta Oficial extraordinaria No. 6.120, de fecha 30 de diciembre. Un delito incorporado en este nuevo instrumento legal, es el referido a la difusión de información falsa sobre el tipo de cambio, distinto al oficial. Será sancionado con prisión entre 10 y 15 años.

“Se entenderá que una información referida al tipo de cambio aplicable a las divisas en la República Bolivariana de Venezuela es falsa o fraudulenta cuando contraríe o distorsione los valores aplicables al tipo de cambio fijado por el Ejecutivo Nacional y el Banco Central de Venezuela”.

También se incorpora en este nuevo instrumento legal, la no prescripción de las “infracciones administrativas y la acción penal de los delitos”. Así lo contempla en el artículo 35.

Así aumentaron las sanciones en la Ley que entró en vigencia con su publicación en la Gaceta Oficial:
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Actualidad Laboral / ASS