23-06-2016
Toda persona que trabaje en un taller de confección de prendas de vestir, calzado, marroquinería y talabartería, está obligado a inscribirse en el Registro Nacional de Talleristas. Así lo dispuso el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a través de la Resolución publicada este jueves.

“Quienes no se inscriban en el registro, o no actualicen sus datos, serán excluidos del régimen previsto en el Estatuto de Trabajo a Domicilio y serán considerados empleadores en los términos de la Ley de Contrato de Trabajo”, dijeron fuentes del Ministerio a la agencia de noticias del Estado, Télam.

Con este mecanismo, junto a otras medidas, el Gobierno de Mauricio Macri, busca “combatir el fraude laboral y el empleo en negro, o en condiciones de trata”. Así mismo se establece que todo patrono debe solicitar al Despacho del Trabajo, el certificado de inscripción del tallerista que va a contratar.

Actualidad Laboral / ASS