11-02-2016
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió este jueves que el Decreto de Emergencia Económica, firmado por el Presidente Nicolás Maduro, "entró en vigencia desde que fue dictado y su legitimidad, validez, vigencia y eficacia jurídico-constitucional se mantiene irrevocablemente incólume". El texto fue rechazado por la Asamblea Nacional el pasado 22 de enero de 2016.

De esta manera el máximo tribunal de Venezuela resolvió un recurso de interpretación constitucional respecto de los artículos 339 y 136 de la Constitución de la República, y los artículos 27 y 33 de la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción, presentado por miembros de distintos Consejos Comunales, Comunas y otros movimientos sociales de organización popular. Así mismo determinó que el Parlamento violó la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción, en lo relacionado con el lapso para la consideración en sesión especial, y su respectivo pronunciamiento.

En la sentencia se "ORDENA citar mediante oficio al ciudadano Presidente de la Asamblea Nacional, y notificar a la Fiscal General de la República, al Procurador General de la República y al Defensor del Pueblo, respectivamente".

Actualidad Laboral / ASS